EL PODER DEL CAPITAL FRENTE A LOS DD.HH.: UN ANÁLISIS DE LA CONTROVERSIA INVERSOR-ESTADO
EL PODER DEL CAPITAL FRENTE A LOS DD.HH.: UN ANÁLISIS DE LA CONTROVERSIA INVERSOR-ESTADO
Introducción
El régimen internacional de inversiones, consolidado a través de miles de Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) y capítulos de tratados de libre comercio, ha erigido un sistema de justicia paralela conocido como la Solución de Controversias entre Inversores y Estados, llamado Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI); (ISDS), por sus siglas en inglés). Las funciones principales del CIADI, son el arbitraje y la conciliación, proporcionando así, un foro independiente para que los Estados y los inversores extranjeros resuelvan conflictos relacionados con inversiones. Este mecanismo permite a corporaciones transnacionales demandar a Estados soberanos ante tribunales de arbitrajes internacionales, cuando consideran que medidas legislativas o administrativas afectan sus ganancias y/o capitales. En este contexto, el documental "Pero sí existimos" surge como un contra-relato necesario. La obra no solo documenta conflictos socioambientales en América Latina, sino que funciona como una denuncia epistemológica: mientras que el derecho internacional dota de "personalidad jurídica" al inversor, además de protecciones extremas. Las comunidades territoriales son reducidas a una inexistencia legal en los procesos de arbitraje. El fenómeno del "enfriamiento regulatorio" y de la crisis de legitimidad del sistema CIADI, bajo la lente del documental. Es esta asimetría lo que este ensayo analiza. “Pero si existimos” es un documental que narra la lucha de las comunidades de Torres de la Paz en México, contra la transnacional Vulcan Materials Company. La corporación exige una indemnización de 1500 millones de dólares, bajo los mecanismos de arbitraje inversor-Estado; desconociendo la afectación de los pueblos. Gracias a diferentes testimonios se puede apreciar el daño medioambiental, las violaciones a los derechos humanos y las amenazas a la soberanía, observándose la fuerte resistencia comunitaria.
Desarrollo
SUJETOS CONTRA OBJETOS ASIMETRÍA JURÍDICA: DERECHOS FRENTE A INVERSIÓN La controversia Inversor-Estado se fundamenta en una desigualdad de origen. Los TBI están diseñados para proteger al capital extranjero de la arbitrariedad estatal, pero carecen de cláusulas que obliguen a los inversores a respetar los derechos humanos o el medio ambiente. “Pero sí existimos” nos deja ver cómo en la práctica, se crea una jerarquía normativa donde los derechos de propiedad y expectativas de lucro de una empresa, muchas veces protegidos por conceptos vagos como el "Trato Justo y Equitativo" logran situarse por encima de los derechos colectivos de los pueblos. En los tribunales como el CIADI, los protagonistas son los inversores y los estados; las comunidades afectadas no tienen personería para intervenir; son,-en términos jurídicos-, terceros irrelevantes en una disputa contractual, a pesar de que el resultado del litigio puede determinar la supervivencia de sus ecosistemas.
JAQUE MATE: EL ENFRIAMIENTO REGULATORIO Y LA SOBERANÍA EN VILO
El análisis del documental, devela uno de los puntos más críticos al que hace referencia, que es el "enfriamiento regulatorio" (regulatory chill). Este fenómeno ocurre precisamente cuando un Estado se abstiene del dictado de leyes ambientales o sociales más estrictas, por miedo a que se le demanden millones de dólares. El documental muestra casos donde la protección de cuencas hídricas o la negativa a otorgar licencias mineras en zonas sensibles, se traducen en demandas internacionales. Aquí, la controversia reside en que el arbitraje inversor-estado transforma el ejercicio legítimo del poder de policía del Estado en una "expropiación indirecta", obligando a lo público a pagar por proteger el bien común.
EL ARBITRAJE COMO NUEVA MODALIDAD DE DEUDA E IMPUNIDAD
El documental producido por Transnational Institute (TNI), enfatiza la dimensión económica del arbitraje. Las indemnizaciones que los Estados deben pagar a las transnacionales se convierten en deudas públicas que hipotecan el futuro de la población. Champalaune resalta la contradicción ética del sistema. Plantea que mientras las empresas gozan de una seguridad jurídica absoluta para su beneficio y no existen mecanismos equivalentes que las obliguen a reparar daños ambientales. El arbitraje aparece así, como una zona de impunidad corporativa donde el capital extranjero tiene más derechos que el ciudadano local. Reflexiones finales El título “Pero sí existimos" funciona como una poderosa síntesis de la controversia Inversor-Estado. El sistema actual opera bajo una ficción jurídica, donde solo el flujo de capital es real y merece protección, mientras que las consecuencias sociales y ambientales de dicho capital son tratadas como "externalidades". Hoy en día, es una realidad que nos guste o no, es absolutamente cierta. La reflexión que nos deja el documental, en diálogo con la crítica jurídica contemporánea, es que el mecanismo CIADI, atraviesa una crisis de legitimidad terminal. No se puede sostener un sistema de justicia global, que ignore la existencia de los sujetos que habitan los territorios en disputa. La transición hacia modelos que equilibren los derechos del inversor con obligaciones vinculantes, que permitan el acceso a la justicia de las poblaciones locales no es solo una necesidad técnica, sino un imperativo ético para la soberanía de los Estados latinoamericanos. La dirección de Romain Champalaune en “Pero sí existimos", logra transformar una controversia jurídica compleja, en una narrativa de supervivencia humana. El documental nos obliga a preguntarnos por la legitimidad de un orden global. Un orden global que prioriza las expectativas de beneficio privado sobre el bienestar colectivo y los derechos humanos. La reflexión final de la obra es, que la existencia de las comunidades no puede seguir siendo una "externalidad" en el derecho internacional. La controversia Inversor-Estado atraviesa una crisis terminal de justicia. Para que la democracia sea real, el derecho a la vida y el territorio debe estar jerárquicamente por encima de los tratados de inversión.
HACIA UNA RECONCEPTUALIZACIÓN DESDE EL SUR GLOBAL
El análisis del documental de Romain Champalaune a través del prisma académico actual, revela que el sistema CIADI, no es solo un mecanismo técnico, sino que además, es una herramienta que redefine la soberanía y la legalidad. A continuación realizaremos algunas reflexiones que profundizará en esta tensión: Nicolás Perrone (2021) dice, que la invisibilidad de las comunidades que retrata el documental, se explica por lo que él denomina la "imaginación jurídica" de los tratados de inversión. Este marco permite que los inversores extranjeros operen bajo sus propias reglas, transformando el espacio público en un escenario de intereses privados. En este sentido, Julian Arato (2015) va más allá, al considerar a las corporaciones como auténticos "legisladores" (lawmakers), ya que, a través de sus demandas y de la interpretación de los tribunales, terminan moldeando las leyes nacionales que el Estado puede o no aplicar. El documental cuestiona si las empresas están realmente sujetas a las normas nacionales. Joseph Stiglitz y Geoffrey Heal (2021) plantean una pregunta inquietante: ¿Están las corporaciones estadounidenses por encima de la ley? La respuesta sugerida por el sistema CIADI, es que,-mediante el arbitraje-, las empresas pueden evadir las cortes locales, creando así, un sistema de justicia dual, privilegiando siempre al capital transnacional, sobre la justicia ciudadana. Guillaume Long y Alexander Main (2024) en Honduras, analizan y ponen un ejemplo extremo, que muestra una vez más este tipo de situación. Los proyectos de "ciudades modelo" o utopías para inversores, pueden derivar en pesadillas para la soberanía y los derechos de la población local. La tensión ambiental que Champalaune captura en imágenes, encuentra su correlato jurídico en la obra de Magdalena Bas Vilizzio (2024). Al analizar casos como Red Eagle Exploration v. Colombia, la autora expone cómo la acción climática y la protección de ecosistemas estratégicos;-como podemos apreciar en el caso de “Los páramos”-; se encuentran en un (polvorín), frente a las demandas de inversores. El sistema CIADI, según Bas Vilizzio, pone en riesgo la capacidad de los Estados para responder a la crisis ambiental, ya que cualquier medida de protección puede ser interpretada como una afectación al beneficio empresarial. Frente al dominio del derecho de inversión tradicional, surge una necesidad de reconceptualización. Fabio Morosini y Michelle Ratton Sanchez Badin (2018) proponen repensar el derecho internacional de inversiones desde el Sur Global, buscando un equilibrio que no sacrifique el desarrollo social por la protección del inversor. En la misma línea, Magdalena Bas Vilizzio (2016, 2026) analiza el papel del regionalismo (específicamente en América del Sur), como una vía para el retorno del Estado en la solución de controversias. El fortalecimiento de bloques regionales, podría ser la clave para resistir la fragmentación impuesta por los tratados bilaterales y así poder devolver la legitimidad a la justicia pública. Para concluir, expertos como M. Sornarajah (2021), indican que el derecho internacional sobre inversión extranjera, ha llegado a un punto de ruptura. La desconexión entre la protección absoluta del inversor por un lado y los derechos de la comunidad retratada en “Pero sí existimos” por otro, señala, que no basta sólo con reformas superficiales. Como se plantea en la bibliografía citada, la sostenibilidad y la responsabilidad social empresarial en América Latina (Bas Vilizzio, 2024) requieren un marco donde el "trato justo y equitativo" no sea una patente de corso para la impunidad ambiental. El documental de Romain Champalaune, refleja cómo el arbitraje CIADI prioriza el capital sobre la vida. Sin ningún lugar a dudas, es urgente reformar este sistema, para que la soberanía y los derechos humanos prevalezcan por sobre las corporaciones transnacionales.
Referencias Bibliográficas
Arato, Julian (2015). Corporations as Lawmakers. Harvard International Law Journal. Summer 2015, 56 (2), pp. 229–295.
Bas Vilizzio, Magdalena (2016). América do Sul em face dos tratados bilaterais de investimento: rumo ao retorno do Estado na solução de controvérsias? Brazilian Journal of International Law, 13(1), pp. 133-144.
Bas Vilizzio, Magdalena (2024). Red Eagle Exploration v. Colombia: acción climática en el polvorín de la solución de controversias inversor-Estado. En: Cattafi, Carmelo & Peña, Joel (Coord.) (2024).
Evolución de la justicia global y el DI. AMEI. Bas Vilizzio, Magdalena (2024). Solución de controversias inversor-Estado. En: Camargo, Blanca, Castillo, Rosalía & Portales, Luis (Coord.). (2024). Enciclopedia de sostenibilidad, ética y responsabilidad social empresarial en AL. Tirant Lo Blanch.
Bas Vilizzio, Magdalena (2026). The Place of Regionalism in Investor-State Dispute Settlement. En: Acharya, Amitav y otros (Coord.) (2026).
Essays on Global Regionalism II. Will Regions Save the World? Springer Nature. Long, Guillaume & Main, Alexander (2024). How a Start-Up Utopia Became a Nightmare for Honduras. Foreign Policy, 24 de enero de 2024.
Morosini, Fabio & Ratton Sanchez Badin, Michelle (2018). Reconceptualizing International Investment Law from the Global South. Introduction. Cambridge University Press.
Perrone, Nicolás (2021). Investment treaties and the legal imagination. How foreign investors play by their own rules. Oxford University Press. Sornarajah, Muthucumaraswamy (2021).
The international law on foreign investment. 5ta. Edición. Cambridge University Press. Stiglitz, Joseph & Heal, Geoffrey (2021). ¿Están las corporaciones estadounidenses por encima de la ley? Project Syndicate. Champalaune, R. (Director). (2025).
Pero sí existimos (But we do exist) [Documental]. Producido por Transnational Institute. Eberhardt, P., & Olivet, C. (2012). Cuando la injusticia es negocio: El lucrativo mercado del arbitraje de inversión. Transnational Institute (TNI). UNCTAD (2023). Informe sobre las inversiones en el mundo: La reforma del sistema de tratados. Naciones Unidas.